En noviembre se implementarán periodos de veda en la provincia de Corrientes

A través de las Disposiciones 332, 333 y 334, con fecha 17 de octubre de 2019, la Dirección de Recursos Naturales (DRN) dependiente de la Subsecretaría de Turismo – Ministerio de Turismo de la Provincia, estableció la veda de especies ícticas en la provincia de Corrientes.

La Disposición 332 indica que para el tramo del río Uruguay en la jurisdicción de la provincia de Corrientes, se inicia a partir de la hora 0 (cero) del día 4 de noviembre hasta las 24 (veinticuatro) horas del 15 de diciembre de este año. En tanto, la Disposición 333 señala que la modalidad de veda extendida sobre el cauce del río Paraná será desde la hora cero del día 1 de noviembre hasta las 24 horas del 31 de diciembre de 2019. La zona comprende entre confluencia (ríos Paraná y Paraguay) hasta el límite con la provincia de Misiones, en la modalidad de pesca deportiva todos los martes desde las 00.00 y hasta las 24 horas del día miércoles de cada semana del periodo establecido.

Mientras que la Disposición 334 manifiesta que la única modalidad autorizada en el cauce del río Paraná y los ríos interiores es la pesca con devolución, desde las cero horas del 1 de noviembre hasta las 24 del día 30 de noviembre, en la zona comprendida entre la desembocadura del Arroyo San Lorenzo hasta el Arroyo Guayquiraró – límite con Entre Ríos.

Por otra parte, la modalidad establecida en la Disposición 334 informa que se modificará a partir del 1 de diciembre del 2019 hasta el 17 de enero del 2020, con una veda total.

Al igual que en la Disposición 332, en la Nº334 lo dispuesto por el titular de Recursos Naturales Carlos Bacque, habilita la pesca de subsistencia practicada únicamente en su modalidad de costa con línea de mano y/o caña con reel y un anzuelo, solo para consumo propio de las siguientes especies: armado, bagre, manduré, corvina, virreina, tararira, chafalote y palometa, debiendo contar con la respectiva licencia de subsistencia emitida por la DRN.

Entre sus considerandos, las Disposiciones hacen hincapié, que a los fines de logar una adecuada y eficaz protección de las especies ícticas en todo el territorio de la Provincia de Corrientes, y en especial a aquellas sobre las recae una mayor presión de pesca, resulta necesario la implementación de un periodo temporal de veda, como una medida para lograr la preservación de las distintas especies de peces.